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	<title>MafiaInmobiliaria &#187; Impuestos</title>
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	<description>Ningún concejal de urbanismo fue dañado al escribir este blog.</description>
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		<title>Ayudas retroactivas a la compra de vivienda con trampas y recortes</title>
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		<pubDate>Mon, 02 Jan 2012 06:17:44 +0000</pubDate>
		<dc:creator>McFioso</dc:creator>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
		<category><![CDATA[2011]]></category>
		<category><![CDATA[ayudas compra vivienda]]></category>
		<category><![CDATA[compra vivienda]]></category>
		<category><![CDATA[deducciones fiscales]]></category>
		<category><![CDATA[mariano rajoy]]></category>
		<category><![CDATA[vivienda]]></category>

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		<description><![CDATA[¡Menuda nochevieja la de 2011! ¿en cuántos hogares de España se habrá oído esta conversación? - Cuñao: te has enterado de que han vuelto las deducciones para la compra de pisos, ¿verdad? - Sí, lo dijeron ayer en las noticias &#8230; <a href="http://mafiainmobiliaria.com/2012/01/02/ayudas-retroactivas-a-la-compra-de-vivienda-con-trampas-y-recortes/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://mafiainmobiliaria.com/wp-content/uploads/2012/01/nosferatu.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-1334" title="nosferatu" src="http://mafiainmobiliaria.com/wp-content/uploads/2012/01/nosferatu.jpg" alt="" width="252" height="364" /></a>¡Menuda nochevieja la de 2011! ¿en cuántos hogares de España se habrá oído esta conversación?</p>
<blockquote>
<p style="padding-left: 30px;">- Cuñao: te has enterado de que han vuelto las deducciones para la compra de pisos, ¿verdad?</p>
<p style="padding-left: 30px;">- Sí, lo dijeron ayer en las noticias a mediodía.</p>
<p style="padding-left: 30px;">- ¿Y has metido dinero en la cuenta vivienda? que las ayudas son con efecto retroactivo para todo 2011.</p>
<p style="padding-left: 30px;">- Comorrr !!!?? Pero si estuve escuchando la rueda de prensa y no dijeron nada de cuentas vivienda.</p>
<p style="padding-left: 30px;">- Bueno, tienes cuatro horas para enterarte y meter el dinero en la cuenta vivienda si todavía puedes, o para perder la deducción.</p>
</blockquote>
<p>Y efectivamente, estaba publicado en el BOE en el <a href="http://boe.es/boe/dias/2011/12/31/pdfs/BOE-A-2011-20638.pdf" target="_blank">Real Decreto 20/2011 del 31 de Diciembre</a>. Para más inri, día en el que los bancos están cerrados y que por lo tanto no da tiempo de mover dinero de un banco a otro para aprovechar la deducción.</p>
<p>Así que esa deducción con efecto retroactivo casi es papel mojado porque muy poca gente se va a poder ejercitarla en 2011.</p>
<p>También hay otra sorpresa en las deducciones a la adquisición de vivienda habitual:</p>
<p>En la rueda de prensa tras el consejo de ministros, y en la página web de la moncloa se daba éste mensaje:</p>
<blockquote>
<p style="padding-left: 30px;">Se recupera la desgravación en el IRPF por adquisición de vivienda habitual en las mismas condiciones que existían hasta el 31 de diciembre de 2010. Esta medida se aplicará con carácter retroactivo desde enero de 2011.</p>
<p style="padding-left: 30px; text-align: right;">Fuente: <a href="http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Resumenes/2011/301211-consejo.htm" target="_blank">lamoncloa.gob.es</a></p>
</blockquote>
<p>La sorpresa está en que si consultamos la redacción original de la Ley del IRPF de 2006 vemos que la deducción era de un 10,5% (la parte estatal):</p>
<p style="padding-left: 30px;">Los contribuyentes podrán deducirse el 10,05 por ciento de las cantidades satisfechas en el período de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente.</p>
<p>Sin embargo, en el Real Decreto del 30 de Diciembre de 2011 cambia la redacción del artículo 68 de la ley:</p>
<p style="padding-left: 30px;">Los contribuyentes podrán deducirse el 7,5 por ciento de las cantidades satisfechas en el período de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente. A estos efectos, la rehabilitación deberá cumplir las condiciones que se establezcan reglamentariamente</p>
<p>Así que si compraste vivienda antes del 31 de Diciembre de 2010, <strong>tu deducción ha bajado del 10,05% al 7,5% con efectos retroactivos</strong>. Pero eso no ha salido todavía en las noticias.</p>
<p>Información relacionada:</p>
<ul>
<li><a href="http://boe.es/boe/dias/2011/12/31/pdfs/BOE-A-2011-20638.pdf" target="_blank">Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. (boe.es)</a></li>
<li><a href="http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Resumenes/2011/301211-consejo.htm" target="_blank">Resumen del consejo de ministros de 30 de Diciembre de 2011 (www.lamoncloa.gob.es)</a></li>
<li><a href="http://www.boe.es/boe/dias/2006/11/29/pdfs/A41734-41810.pdf" target="_blank">Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (boe.es)</a></li>
</ul>
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		</item>
		<item>
		<title>Cómo detecta hacienda alquileres en negro a través del consumo de electricidad: el Modelo 159</title>
		<link>http://mafiainmobiliaria.com/2010/03/16/como-detecta-hacienda-alquileres-en-negro-a-traves-del-consumo-de-electricidad-el-modelo-159/</link>
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		<pubDate>Tue, 16 Mar 2010 20:08:47 +0000</pubDate>
		<dc:creator>McFioso</dc:creator>
				<category><![CDATA[Alquileres]]></category>
		<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
		<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[dinero negro]]></category>
		<category><![CDATA[hacienda]]></category>
		<category><![CDATA[tuturu]]></category>

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		<description><![CDATA[¿Estás alquilando un piso, o un local en negro? ¿tiene electricidad? si no declaras el alquiler, hacienda te va a pillar. En Febrero de 2010 2011, las compañías eléctricas han mandado mandarán por primera vez la Agencia Tributaria un documento &#8230; <a href="http://mafiainmobiliaria.com/2010/03/16/como-detecta-hacienda-alquileres-en-negro-a-traves-del-consumo-de-electricidad-el-modelo-159/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://mafiainmobiliaria.com/wp-content/uploads/2010/03/agencia_tributaria.jpg"><img class="alignright size-full wp-image-1090" title="agencia_tributaria" src="http://mafiainmobiliaria.com/wp-content/uploads/2010/03/agencia_tributaria.jpg" alt="" width="209" height="188" /></a>¿Estás alquilando un piso, o un local en negro? ¿tiene electricidad? si no declaras el alquiler, hacienda te va a pillar.</p>
<p>En Febrero de <span style="text-decoration: line-through;">2010</span> 2011, las compañías eléctricas <span style="text-decoration: line-through;">han mandado</span> mandarán por primera vez la Agencia Tributaria un documento que detalla quién es el titular de un suministro eléctrico: <a href="http://www.boe.es/boe/dias/2009/07/29/pdfs/BOE-A-2009-12534.pdf">el modelo 159</a>.</p>
<p>A través de éste modelo, hacienda <span style="text-decoration: line-through;">ha recibido </span> recibe en un formato que puede cargar fácilmente en sus ordenadores toda esta información:</p>
<ul>
<li>Dirección del suministro.</li>
<li>Nombre del titular del suministro.</li>
<li>NIF del titular del suministro.</li>
<li>Número de Cuenta en la que se domicila el pago.</li>
<li>Consumo facturado mes, a mes, especificando si es consumo real o estimado.</li>
<li>Fecha de inicio de prestación del servicio.</li>
<li>Fecha de finalización del servico.</li>
<li>Referencia catastral del inmueble.</li>
<li>Y el identificador del punto de suminstro (por si no hay referencia catastral asociada).</li>
</ul>
<p>Con estos datos en la mano hacienda puede averiguar muchas cosas de forma automática. Por ejemplo:</p>
<ul>
<li>¿Quién tiene un inmueble en propiedad con la electricidad a nombre de otra persona? y de todos esa gente, ¿a quién le paga la luz alguien con el que no está casado, ni es hijo suyo, ni su padre o madre?</li>
<li>¿Quién tiene domiciliado el recibo de la luz en una cuenta que no está a su nombre?</li>
<li>Y otro dato muy divertido: ¿Quién tiene varios pisos alquilados en negro y no puede decir que están vacíos porque <em>producen</em> un gasto en electricidad similar a las de un piso ocupado?</li>
</ul>
<p>Se os acabó el chollo y ahora os toca declarar esos alquileres, y pagar IVA, y meter en renta lo que se gana con eso.</p>
<p><a href="http://mafiainmobiliaria.com/wp-content/uploads/2010/03/tururur.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-1092" title="tururur" src="http://mafiainmobiliaria.com/wp-content/uploads/2010/03/tururur.jpg" alt="" width="259" height="243" /></a>Imágen: <a href="http://jamillan.com/tururu.htm">Museo de la Injuria</a></p>
]]></content:encoded>
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		</item>
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		<title>¿Quién paga la tasa de basuras de Madrid en un piso alquilado? ¿el inquilino o el propietario?</title>
		<link>http://mafiainmobiliaria.com/2009/09/15/%c2%bfquien-paga-la-tasa-de-basuras-de-madrid-en-un-piso-alquilado-%c2%bfel-inquilino-o-el-propietario/</link>
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		<pubDate>Tue, 15 Sep 2009 17:49:09 +0000</pubDate>
		<dc:creator>McFioso</dc:creator>
				<category><![CDATA[Alquileres]]></category>
		<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
		<category><![CDATA[madrid]]></category>
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		<category><![CDATA[ley arrendamientos urbanos]]></category>
		<category><![CDATA[propietario]]></category>
		<category><![CDATA[tasas]]></category>

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		<description><![CDATA[Tengo un piso en alquiler en Madrid y el ayuntamiento quiere que pague la nueva tasa de basuras. ¿No la debería pagar el inquilino? Me ha llegado por correo la pregunta y la respuesta es curiosa: sí y no. Es &#8230; <a href="http://mafiainmobiliaria.com/2009/09/15/%c2%bfquien-paga-la-tasa-de-basuras-de-madrid-en-un-piso-alquilado-%c2%bfel-inquilino-o-el-propietario/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://mafiainmobiliaria.com/wp-content/uploads/2009/09/daquella_manera_trashcan_no_soy_de_aqui-300x225.jpg" alt="daquella_manera_trashcan_no_soy_de_aqui" title="daquella_manera_trashcan_no_soy_de_aqui" width="300" height="225" class="alignright size-medium wp-image-887" /></p>
<blockquote><p>Tengo un piso en alquiler en Madrid y el ayuntamiento quiere que pague la nueva tasa de basuras. ¿No la debería pagar el inquilino?</p></blockquote>
<p>Me ha llegado por correo la pregunta y la respuesta es curiosa: sí y no.</p>
<p>Es decir. El ayuntamiento de Madrid va a requerir el cobro la tasa de basuras a los propietarios de las fincas, no a los inquilinos que estén viviendo en ellas (también se podía dar el caso de que la finca estuviera vacía o alquilada en negro, en cuyo caso el propietario no se libra del pago).</p>
<p>Sin embargo el propietario puede repercutir en el inquilino el pago de la tasa de basuras&#8230; pero con mucho cuidado. Me explico: en la Ley de Arrendamientos Urbanos no dice nada de repercutir cobro de tasas automáticamente&#8230; así que si no tienes acordado el cobro de tasas del ayuntamiento (que antes no había) pues es dificil repercutirlo al inquilino.</p>
<p>Se puede dar el caso de más de un inquilino que tenga pactado con el propietario que se hace cargo de pagar la cuota de la comunidad de propietarios; y que sin embargo no vaya a pagar la tasa de basuras por no tener pacto al respecto en el contrato de alquiler.</p>
<p>Otro caso también curioso será el de pisos de renta antigua en los que el propietario va a poder repercutir en el inquilino la nueva tasa.</p>
<p>Lo que está claro es que con esta medida el precio de los alquileres de los pisos en Madrid va a subir de la noche a la mañana (exactamente lo que suba la tasa de basuras).</p>
<p>Foto (CC): <a href="http://daquellamanera.org">daquellamanera</a></p>
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